La Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata autorizó los
aumentos de tarifas de luz de los prestadores de ese servicio en la provincia
de Buenos Aires, se informó hoy.
La medida fue adoptada por los jueces Gustavo De Santis y Claudia Milanta
al hacer lugar a un recurso de queja presentado por la Fiscalía de Estado
provincial contra una resolución del juez platense Luis Federico Arias, que declaró
la nulidad de las resoluciones del Ministerio de Infraestructura bonaerense que
autorizaron el aumento en la tarifa de luz.
En un fallo que fue dictado el martes pero recién se conoció hoy, los
magistrados hicieron lugar también a un recurso de apelación presentado por el
Estado y otorgaron efecto suspensivo a la medida judicial del juez de primera
instancia, por lo que hasta que no se defina el tema de fondo, el fallo de
Arias que declaró la nulidad de las tarifas no estará en vigencia.
Con esta medida, las empresas EDELAP (La Plata y región), EDES (sur
bonaerense), EDEA (costa atlántica), EDEN (norte de la provincia) y las alrededor de 2.000
cooperativas quedaron habilitadas para cobrar el aumento tarifario.
Arias había suspendido el incremento al hacer lugar a una medida
autosatisfactiva promovida por el Colectivo de Acción en la Subalternidad
(CIAJ) contra el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la
Provincia de Buenos Aires y declaró la nulidad de la resolución 22/16.
En el fallo, el juez platense consideró que la nulidad de los aumentos no
afecta a la Tarifa Social dispuesta en esa resolución.
Además, había ordenado al Poder Ejecutivo y al Órgano de Control de la
Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires a que, dentro del plazo de
cinco días corridos, se instruya a las distribuidoras a la refacturación de la
tarifa eléctrica, con sujeción a los valores vigentes con anterioridad a la
resolución impugnada.
Arias también había hecho lugar el pasado 31 de mayo a una medida cautelar
presentada por el CIAJ y suspendió el aumento tarifario, aunque luego la Cámara
en lo Contencioso revocó el fallo.
Si bien la Cámara no se expidió sobre el fondo de la cuestión, aceptó las
apelaciones presentadas contra el fallo el Arias y dio "efecto
suspensivo" a la medida de la instancia anterior hasta que sea resuelta el
caso, con un criterio similar al que adoptó hoy.
Fuente:
ámbito.com
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