viernes, 20 de marzo de 2020

QUE SE PUEDE Y QUE NO SE PUEDE HACER DURANTE EL AISLAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO

Control policial en las calles de General Villegas
Banderaló (20/3/20) - El Oficial Inspector a cargo del Destacamento Policial de nuestra localidad, recuerda las acciones permitidas y las prohibiciones que rigen desde hoy y hasta el  31 de marzo a las 24 horas. 
Asimismo informa que personal policial está haciendo recorridos permanente, por lo que recomienda a la gente evitar salir si no es por obligación ya que aquellos que no justifiquen su deambular serán pasibles de causas penales o contravencionales.
En este sentido, si tienen que ir al cajero o hacer compras, ir de a uno y no en grupos. 

📌 Las personas deberán permanecer en su residencia habitual o en la residencia en que se encuentren desde la media noche

🚫 Prohibe libre circulación (controles en rutas y espacios púbicos)

📌 el aislamiento solo permite desplazamientos mínimos e indispensables (supermercado, farmacia, ferreteria, veterinaria, comercio de proximidad)

📌 exceptuadas del aislamiento: Salud, Seguridad, Defensa, Migraciones, Bomberos, autoridades superiores del estado, justicia (mínimo), diplomático. 

📌 personas que asistan a otras personas, comedores escolares, comunitarios y merenderos.

📌 servicios de comunicación audiovisual

📌 industrias, alimentación, limpieza, medicamentos, producción agropecuaria, lavanderia, petróleo, obra pública 

📌 transporte público urbano (larga distancia y cabotaje, no)

📌 recolección de residuos, servicios públicos básicos

📌 transporte de carga

📌 estaciones de servicios

📌 servicios postales

📌 cajero automático

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