sábado, 21 de marzo de 2020

Comercios, delivery / RUBROS QUE PUEDEN ABRIR Y QUIENES DEBEN CERRAR

Imagen archivo
Banderaló (21/3/20) - Recordamos que comercios y servicios están excentos del aislamiento social preventivo y obligatorio así como aquellos que están obligados a cerrar. 

Comercios:
Podrán permanecer abiertos los establecimientos que vendan alimentos, farmacias, ferreterías, proveedor de garrafas, de productos de higiene y limpieza, reparto a domicilio de medicamentos y alimentos, servicio de internet, entre otros afines. Únicamente podrán hacerlo de 08:00  a 21:00 horas.
Deliverys:
Los servicios de delivery y remises, sólo podrán utilizarse para casos de necesidad como transporte de medicamentos y alimentos, traslados de personas por urgencia, trámites de atención sanitaria.
Rubro de Emergencias:
Aquellos servicios que puedan considerarse de necesidad como talleres mecánicos, eléctricidad, entre otros afines, podrán trabajar a puerta cerrada con guardia pasiva aportando número telefónico.
No podrán abrir: 
Bares, restaurantes, pizzerías, salones de eventos, comercios dedicado al rubro electrodomésticos, muebles, librerías, jugueterías, indumentaria, calzado, peluquería, barberías, centro de estéticas, y demás que no sean de primera necesidad.-

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