La decisión fue adoptada en medio de una maraña de medidas judiciales que se dieron a partir del fallo original que ordenó suspender el incremento tarifario.
Luego de que la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata aceptara la semana pasada una apelación del Ejecutivo bonaerense, volvió a entrar en vigencia la resolución 22/16 del MIySP (Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos) provincial que habilita a la distribuidoras eléctricas, entre ellas las cooperativas, a facturar con los valores previstos en la actualización tarifaria que mereció distintas presentaciones judiciales en los últimos meses.
No obstante, al estar suspendida cautelarmente la resolución 06/16 del Ministerio de Energía de la Nación que fija los precios de compra de energía en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), a partir de reuniones mantenidas entre funcionarios provinciales y representantes de las distribuidoras y de las federaciones de cooperativas, se acordó realizar un descuento en las facturas emitidas a los usuarios a partir de la fecha bajo el ítem de “diferencial costo mayorista”.
De esta manera, en medio de una maraña de medidas cautelares, los distribuidores cooperativos estarían cumpliendo con los recientes fallos judiciales, tanto con el que habilita la facturación a partir de los nuevos cuadros tarifarios, como con el que mantiene suspendido el incremento del costo de compra de energía.
No obstante, se destaca desde el sector cooperativo que este mecanismo se implementará hasta tanto se resuelva judicialmente la cuestión de fondo, que ha generado una constante incertidumbre sobre las tarifas a aplicar, numerosos inconvenientes administrativos con sus consecuentes costos económicos, una creciente conflictividad social en las comunidades y ha puesto en riesgo la sustentabilidad del servicio eléctrico cooperativo.
Fuente: FEDECOBA
Publica Raúl Comba. banderalonoticias.blogspot.com, e-mail banderalonoticias@gmail.com, celular 0338815439967
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